“La objeción de los médicos casi me cuesta la vida”
Un juez ha obligado a la sanidad gallega a indemnizar con 270.000 euros a una paciente que perdió el útero tras ser derivada a Madrid para abortar. La mujer relata su vía crucis.
“No he vuelto a ser la misma desde entonces”. Paula rompe a llorar al recordar lo que sucedió hace cuatro años, cuando tuvo que recorrer los 600 kilómetros que separan Burela (Lugo) de Madrid por carretera para interrumpir su embarazo, muy deseado pero inviable.
La sanidad pública gallega se negó a practicar un aborto apelando a la objeción de conciencia de los facultativos. Tras un difícil viaje en coche, acudió a la clínica privada madrileña que le había indicado el Servicio Gallego de Salud. Allí la trasladaron de urgencia al hospital La Paz por su grave estado. Perdió el útero. La justicia, en una dura sentencia, ha condenado al Sergas a indemnizarla con 270.000 euros. La reconstrucción de su vía crucis muestra los problemas que aún existen en algunos lugares de España para practicar abortos tardíos y cumplir la ley. «El derecho a objetar de los médicos casi me cuesta la vida», lamenta.
Una cadena de errores en las pruebas diagnósticas llevadas a cabo en el hospital de Burela fue la que provocó que se detectaran tarde, a los siete meses de embarazo, las graves alteraciones cromosómicas que tenía el feto y que conllevaban que este fuera “incompatible con la vida”; es decir, que no podía sobrevivir.
Pero ningún médico quiso interrumpir su embarazo ni en su hospital ni en ningún otro de la comunidad autónoma. Finalmente, el servicio de salud gallego le dijo que, para “respetar el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales”, la Administración pagaría la interrupción del embarazo, pero en una clínica de Madrid. En ese momento ya estaba en la semana 32 de gestación.
Paula emprendió el viaje. “Tuve que dejar a mi otra hija de tres años con mi madre y viajar con mi pareja”, relata. “Llevaba ya días con dolores vaginales, pero en el hospital me decían que eran gases”. Fue un nuevo error, porque resultó que tenía el útero vascularizado. Por eso, cuando llegó a la clínica con un sangrado vaginal, estaba tan grave que fue trasladada al hospital de referencia, donde le salvaron la vida. Le practicaron una cesárea para extraer el feto, un bebé inviable que murió a los 90 minutos de nacer, y le quitaron el útero para detener la hemorragia. No podrá ser madre de nuevo.
“Fue todo tremendo”, recuerda. “Nos preguntaron si queríamos ver al bebé, si queríamos que lo reanimaran, pese a que era incompatible con la vida. Tuvimos que incinerarlo y volver a casa con sus cenizas”.
«Perjuicios físicos y psíquicos que hay quien resarza»
De vuelta ya en Galicia, tras una semana ingresada en el hospital madrileño y con su pareja alojada mientras tanto en un hotel, Paula recibió del Sergas al cabo del tiempo el pago correspondiente al kilometraje del viaje.“En total, algo más de 80 euros”, recuerda. “Ni siquiera me llamaron del hospital de Burela, como hacen con todas las parturientas, para citarme para una revisión. Mucho menos para pedirme disculpas por las enormes negligencias”.
Paula está en tratamiento psiquiátrico desde entonces. El magistrado que ha condenado al Servicio Gallego de Salud considera que la negligencia denunciada por la afectada “rebasa los estándares de lo tolerable” con “perjuicios físicos y psíquicos que no hay quien los resarza”.
La “extensión innecesaria del embarazo” de Paula representa “un fracaso estrepitoso del sistema” sanitario público, según la sentencia. Marcos Amboage, el magistrado del juzgado 2 de lo Contencioso-Administrativo de Lugo que la firma, entiende que “resulta difícilmente aceptable que no se disponga de un centro público en Galicia” para practicar las interrupciones del embarazo que garantiza la ley.
Tras la difusión de la condena judicial, el presidente autonómico, Alberto Núñez Feijóo, pidió públicamente disculpas a la afectada y anunció que buscaría la fórmula para “hacer compatible” el derecho de las mujeres gallegas a abortar con el de los médicos a objetar. Francisca Fernández, abogada de Paula, asegura que su caso no es único. Ha presentado otras dos reclamaciones de pacientes afectadas por la objeción de conciencia de los profesionales de la red pública gallega. El Sergas, por su parte, insiste en que el derecho a la interrupción del embarazo está garantizado en los términos que recoge la ley y señala que en este momento se están practicando algunos abortos correspondientes al segundo trimestre en los hospitales públicos de A Coruña y Ourense.
En todo caso, Galicia no es una excepción. En la red pública española se practica una mínima parte de los abortos legales. La mayoría, el 90% en 2014 según datos del Ministerio de Sanidad, se deriva a clínicas privadas, algo que permite la ley. Pero el problema surge cuando la derivación se hace a una clínica que está a cientos de kilómetros o cuando no hay profesionales para llevar a cabo abortos tardíos que requieren un hospital.
La objeción en la ley
La ley del aborto de 2010 indica específicamente que las interrupciones de embarazo debidas a que el feto es incompatible con la vida o tiene una enfermedad extremadamente grave e incurable, como en el caso de Paula, «se realizarán preferentemente en centros cualificados de la red sanitaria pública». Son abortos más complicados porque no hay fecha límite para llevarlos a cabo y en ocasiones la anomalía mortal se descubre tarde. Un 0,32 del total de las interrupciones de embarazo en 2014, según datos del Ministerio de Sanidad, se produjeron por esta causa. Unos 300, más o menos, de un total de 94.796.
La objeción de conciencia de los médicos está contemplada en la ley del aborto de 2010, pero con ciertos límites. El artículo 19.2 de esta norma indica que «los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho a ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas».
El informe “Deficiencias e inequidad en los servicios de salud sexual y reproductiva en España”, realizado por 13 organizaciones entre las que figuran Women’s Link y Médicos del Mundo, hace hincapié en la desigualdad en el acceso a los servicios hospitalarios públicos de las mujeres que desean interrumpir sus embarazos en función de la comunidad autónoma en la que vivan. El documento destaca que en la sanidad pública de Aragón, Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia no se realizó ningún aborto en los hospitales públicos en 2014, según los datos del ministerio. Todos ellos fueron derivados a centros privados concertados.
Otro de los problemas es el método. Un aborto se puede practicar a través de fármacos que apenas implican al médico o a través de métodos instrumentales que sí lo hacen. En Galicia, la Fiscalía ha abierto una investigación para determinar si existe responsabilidad penal por parte del Sergas en la práctica de algunos abortos terapéuticos (desde la semana 14 hasta la 22 de gestación, por anomalías fetales o riesgo para la vida o salud de la madre o el feto, menos del 10% del total) realizados “mediante fármacos y sin asistencia médica” en hospitales públicos, según han denunciado varias afectadas
Blanca Cañedo, vocal en Asturias de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del embarazo (ACAI), insta a la Administración a formar a los médicos en la práctica instrumental de la interrupción del embarazo en las facultades. En su opinión, el método farmacológico es “una brutalidad en los casos de más de 14 semanas de gestación ya que mantiene a las mujeres con síntomas de parto durante días hasta que expulsan el feto”.
El presidente de la Federación de Planificación Familiar Estatal (FPFE), Luis Enrique Sánchez, opina que una de las principales causas por las que algunos hospitales públicos no realizan interrupciones de embarazo es que “las consejerías de sanidad no han fijado la obligación y los servicios de ginecología hospitalarios prefieren no planteárselo, aludiendo a problemas organizativos, falta de quirófanos o escasez de recursos”. En su opinión, se trata de una cuestión de “falta de voluntad política de los responsables sanitarios”.
En el caso de Paula, que usa un nombre ficticio para este reportaje, la sentencia reconoce que la sanidad pública no le ofreció los recursos adecuados. Ella está segura de que si hubiera podido interrumpir su embarazo en Galicia no habría perdido el útero y la capacidad para ser madre biológica de nuevo.
Información tomada de http://politica.elpais.com/
Source: Noviembre 2016