Aborto Terapéutico: el derecho a decidir
Con seguridad, nuestras senadoras y diputadas han podido decidir qué hacer con sus vidas y con sus cuerpos, por estar en una posición social que les ha permitido actuar de acuerdo a sus creencias y valores.
Probablemente no han estado expuestas a una violación, a incesto y quizás tampoco han tenido un embarazo con malformaciones fetales incompatibles con la vida que hayan debido llevar a término. Sin embargo, lo que hoy está en discusión es que todas las mujeres de nuestro país tienen derecho a informarse y a tomar sus propias decisiones, las que no solo afectan sus cuerpos, también sus proyectos de vida.
Hace unos días, una dueña de casa fue violada por un delincuente en su hogar. Si la mujer quedara embarazada producto de esa violación ¿Por qué el Estado debe obligarla a tener un hijo bajo esas circunstancias, y a marcar su vida y también la de ese hijo o hija, prolongando para siempre el daño infligido? ¿Solo por la ideología de una parte de la sociedad?
En embarazos con malformaciones fetales incompatibles con la vida, hoy es posible diagnosticar precozmente patologías donde hay certezas – no sospechas-, como ocurre con la anencefalia. El costo para la salud mental y espiritual de las mujeres es evidente, como lo señalan estudios y testimonios de mujeres y profesionales que las atienden; y no hablamos solo de trastornos, sino de marcas y sufrimientos que las acompañan toda su vida. Y esos casos además pueden repetirse.
¿ Qué proponen las/os parlamentarias/os cuyas creencias les hacen pensar que esa vida que no tiene destino alguno es más importante que la de la mujer y que la familia? ¿Debe pasar por esa experiencia, incluso más de una vez? Tal vez ponerse en esa situación sirva para entender que debe haber legislación. La experiencia dice que quien ha vivido esa situación, incluso habiéndola escogido, la segunda vez sí o sí se realizará un aborto. Demás está decir que, en el caso de la necesidad de salvar la vida de la madre, la ley debe regular esta indicación y no dejar espacio a ninguna ambigüedad sobre la actuación médica.
A veces, en esta discusión se insiste en el concepto de aborto terapéutico, sobre qué es lo terapéutico, que si es indirecto o si es aborto eugenésico. Ese debate es mezquino, pues busca argumentos para no enfrentar lo que verdaderamente cuenta, que es si frente a las circunstancias antes comentadas el Estado debe garantizar o no el derecho legítimo de la mujer a tomar la decisión de continuar o interrumpir ese embarazo. Mi opinión, desde la perspectiva de salud pública, respaldada además por todas las recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos y por la experiencia de países desarrollados, apunta a que sí. El Estado tiene el deber de asegurar que todas las chilenas, y no sólo algunas, puedan tomar esa decisión con toda la información necesaria y, en caso de así decidirlo, tengan acceso a una interrupción del embarazo precoz, segura y sin castigos legales ni sociales.
Pamela Eguiguren Bravo
Matrona, candidata a Doctora en Salud Pública
Académica Escuela de Salud Pública, Facultad de Medicina U. de Chile
Fuente: radio.uchile.cl
Source: Marzo 2012